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Archive from junio, 2013

Mínimo por ascendientes Declaración de la renta

Jun 8, 2013   //   by Directconsult   //   Blog, Fiscal  //  No Comments

 

Vivo con mi madre que tiene 75 años y tiene una pensión mensual de 632€, siempre la he incluido en mi declaración de la renta, pero este año me han comunicado que no puedo incluirla ¿por qué? Ella es una persona con movilidad muy reducida y tengo que vivir con ella. Se me olvidó decir que la pensión es de viudedad. Gracias

Directconsult.es, tu asesoría online, responde:

Hola,

te copio el texto de una consulta de la AEAT referente a los requisitos que hay que cumplir para poder aplicar el minimo por ascendientes

127917-MÍNIMO POR ASCENDIENTES: REQUISITOS

Pregunta

¿Que requisitos se deben cumplir para aplicar el mínimo por ascendientes?

Respuesta

Los requisitos a cumplir para aplicar el mínimo por ascendientes son los siguientes:

El ascendiente deberá tener mas de 65 años o discapacidad cualquiera que sea su edad.

Que conviva con el contribuyente, al menos, la mitad del período impositivo. Se considerará que conviven con el contribuyente los ascendientes discapacitados que, dependiendo del mismo, sean internados en centros especializados.

Que no tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros.

No procederá aplicar el mínimo si el ascendiente presenta declaración por este impuesto con rentas superiores a 1.800 euros.

Te he subrayado el texto aplicable a tu caso. Si tu madre cobra 632 euros * 14 pagas = 8.848 euros supera el limite de rentas anuales.

Espero haber aclarado tus dudas.

Si necesitas ayuda a la hora de elaborar tu declaración de la renta puedes contratar nuestros servicios en el apartado de Declaración de la renta.

Saludos

Compra coche Régimen de Vehículos Usados

Jun 8, 2013   //   by Directconsult   //   Blog, Fiscal  //  No Comments

 

Hola, tengo una empresa que compró un vehículo a otra sociedad sujeta al régimen REBU por lo que la compra fue sin IVA, pero ahora mi empresa quiere vender ese vehículo y no estamos acogidos a dicho régimen, como tiene que ser esa factura de venta?? con o sin iva??

Muchas gracias

Directconsult.es, tu asesoría online, responde:

Hola,

la factura que emitas por la venta del vehículo debe ir con IVA independientemente de que el vehículo fue comprado en Régimen de Bienes Usados.

Para que sea aplicable este régimen en la venta del vehículo, la empresa debe dedicarse a la compra-venta de vehículos de forma habitual y por ello estar acogida a este régimen.

Si se trata de la enajenación en inmovilizado, la operación esta sujeta a IVA.

Puedes contratar nuestros servicios fiscales a través de la Area Fiscal (enlace)

Por favor, evalúa la respuesta y finaliza la pregunta.

Saludos

Duda modelo 193, casilla Perceptor

Jun 8, 2013   //   by Directconsult   //   Blog, Fiscal  //  No Comments

Hola!

Tenemos una SCP donde hay un autónomo como socio trabajador el cual presenta trimestralmente el modelo 130 y un socio capitalista que presenta el modelo 123. El modelo 193 lo presenta la SCP y mi duda es a la hora de rellenar el campo del perceptor. Quién es el perceptor, ¿el socio capitalista o el socio trabajador?

He leído en la red que si la SCP sólo la forma un socio trabajador el mod. 193 y el 123 lo tiene que presentar el socio trabajador, no con el nombre de la SCP. Qué diferencia hay? Esto es así o lo ha de presentar la SCP?

Gracias anticipadas

Directconsult.es, tu asesoría online, responde:

Buenas tardes,

El mod.193 es el resumen anual del mod.123 y debes declarar los rendimientos que ha percibido el socio capitalista. De hecho el mod.123 y el mod.193 lo presenta la SCP, no el socio. En cambio el socio trabajador presenta el mod.130 y el resumen anual de los rendimientos percibidos, por decirlo de alguna forma, es su declaración de la renta.

La sociedad civil privada debe ser constituida por  dos o más personas que se obligan a poner en común dinero, bienes o trabajo, con la intención de realizar una actividad económica y repartir los beneficios, según lo pactado o si no hubiesen pactado, según lo que hayan aportado.

No sé dónde has leído la opción de un único socio trabajador, la verdad es que yo la desconozco.

Los socios trabajadores deben presentar el mod.130 por sus rendimientos.

El resto de modelos – 303, 111, 115, 347 y los resúmenes anuales los presenta la sociedad.

Espero haber aclarado tus dudas.

Saludos

Quería hacer una pregunta en relación a un dinero que me reclama hacienda por el ITP

Jun 8, 2013   //   by Directconsult   //   Blog, Fiscal  //  No Comments

Buenas noches, el pasado mes de diciembre compramos una casa por un valor de 75000 euros en la provincia de Toledo y pagamos en concepto de ITP el correspondiente 8% es decir 6000 euros. Esta semana me llego una notificación donde me piden a mi (como propietario del 50% de la casa) otros 3.070€ más!!!

Se han equivocado e indican que el valor catastral comprobado del inmueble referenciado a la fecha de devengo del impuesto es de 75.886,98 euros, para la totalidad del bien en pleno dominio (por lo cual solo nos tocaría pagar 70€ más). Pero en la reclamación final me reclaman 3070 euros más.

Por lo que hemos leído en los foros, el notario nos habría tenido que informar de esto, cosa que no hizo.

Tenemos 10 días (hasta finales de semana) para recurrir esta reclamación, e intentaremos dar la batalla- si vosotros también nos lo recomendáis-.

Muchas gracias de antemano

Directconsult.es, tu asesoría online, responde

Hola,

Para poder darte una opinión vinculante al respeto debemos tener delante la escritura de compra-venta, la liquidación practicada y la paralela que os han realizado.

Por los datos que aportas entendemos que la autoliquidación presentada es correcta.

Hay que ver el importe por el cual valora la comunidad el inmueble y comprobar si la cantidad que te reclaman es un errata o un error de cálculo.

En ambos casos te aconsejo que presentes el correspondiente recurso contra la notificación recibida.

Espero haber aclarado tus dudas

Saludos

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