• LinkedIn
  • Subcribe to Our RSS Feed

Alta en dos regímenes – régimen general y régimen de autónomos

May 22, 2013   //   by Directconsult   //   Blog, Laboral  //  No Comments

Llevo 2 años trabajando para una empresa con contrato indefinido. Por otro lado, tengo un contrato de colaboración con una correduría de seguros que me reporta unos 4000€ escasos al año. Según un artículo que he leído podría dejar de pagar autónomo ya que es algo de lo que no vivo y se podría decir que no es una actividad habitual. La correduría me liquida comisiones con una retención de un 15% de manera mensual. ¿De qué manera podría dejar de pagarlo ya que me supone casi lo que gano? Si es así ¿cómo lo hago, simplemente yendo a la Seg.Social a darme de baja? Creo que te piden la baja en el IAE para poder darme de baja como autónomo.

Gracias de antemano por la ayuda, ya que ahora mismo es un gran quebradero de cabeza y preocupación. Hasta me planteo anular dicho contrato de colaboración, cosa que me daría mucha pena porque llevo 3 años con ellos y siempre he tenido la ilusión de poder hacerme con una cartera decente que me permitiese unos ingresos extras.

Un saludo y gracias.

 

Directconsult.es, tu asesoría online, responde:

Hola,

ahora mismo tu situación con Hacienda y la Seguridad Social es la correcta ya que estas ejerciendo la colaboración de forma habitual.

Las colaboraciones esporádicas son cuando una vez en tu vida o de vez en cuando, muy esparcidos en el tiempo realices  trabajos por tu cuenta. Lamento decirte que aunque te aporte pocos ingresos lo que tienes es un actividad habitual por cuenta propia, dado que todos los meses te liquidan comisiones, tu buscas clientes nuevos, dedicas parte de tu tiempo a esta colaboración,etc.

Pregunta en la Seguridad Social, pero a mi modo de entender las cosas y según el criterio que seguimos en este despacho, tu baja en el RETA pasa por la baja en Hacienda y dejar de ejercer esta actividad.

Saludos

Deja un comentario


+ cinco = 7