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Requerimiento comprobación limitada

Jul 8, 2013   //   by Directconsult   //   Blog, Fiscal  //  No Comments

Hola ;

he recibido un requerimiento de comprobación limitada de los cuatro trimestres del año pasado, en el que me dicen que se han detectado ciertas incidencias, para cuya subsanación , me piden :

– Justificación del carácter deducible del IVA soportado en las adquisiciones o importaciones de bienes y servicios.

– Libro Registro de Facturas Recibidas. La información facilitada deberá permitir calcular con

precisión en cada periodo de liquidación las cuotas devengadas y repercutidas, así como las

cuotas de IVA soportadas.

– Libro Registro de Bienes de Inversión. La información facilitada deberá permitir calcular con precisión en cada periodo de liquidación las cuotas devengadas y repercutidas, así como las cuotas de IVA soportadas.

– Deberán aportarse listados por trimestres y justificantes numerados y en el mismo orden de los listados aportados.

Dicen que el motivo es :- Contrastar que los datos que figuran en su Libro Registro de Facturas Recibidas han sido transcritos correctamente en las autoliquidaciones, así como comprobar los requisitos formales de las facturas o documentos sustitutivos que sean solicitados a la vista de dichos libros.

¿te parece que realmente por lo que piden han encontrado algún error o es mas requerimiento al azar para ver si cazan algo,? aunque no se si pueden abrir requerimiento sin una razón real.

Por eso quería preguntarte ¿si ,sobre las incidencias que citan arriba tengo derecho a conocer cuáles son antes de entregar cualquier documento.?,

¿también si puedo ampliar el plazo para presentar la documentación , el plazo termina mañana y he oído que si quieres ampliar hay que pedirlo 3 días antes de que termine, ¿hay alguna forma o algún truquillo para que me den unos días mas ?

Siento si me extendido mucho ¡pero en estas cosas siempre hay que tener todo claro!

Muchas gracias

Directconsult.es, tu asesoria online, responde:

Hola,

Actualmente la AEAT está haciendo muchas inspecciones a personas físicas con actividad por cuenta propia. A veces son al azar, a veces inspeccionan un determinado colectivo, pero por la información y documentación que te piden no parece una inspección rutinaria.

A lo mejor han detectado alguna discrepancia entre los impuestos presentados y los resúmenes anuales o entre el volumen de gastos e ingresos del año que te inspeccionan y años anteriores, o tienes una actividad de las «sospechosas».

Ve a tu delegación de Hacienda y habla con el departamento de renta. Si puede hacerlo otra persona por ti, mejor. Dudo que antes de que aportes la documentación te comunique lo que han detectado.

Se puede ampliar el plazo para presentar la documentación, siempre y cuando se haga en los primeros 5 días desde al recepción del requerimiento.

Espero haber aclarado tus dudas.

Saludos

Pregunta:

gracias por la respuesta ,. El plazo termina hoy y no tengo todo preparado todavía, como me comentas que no se puede pedir ampliación después de 5 días , ¿Puedo hacer algo para atender el requerimiento y que pueda presentar luego la documentación , y evitar sanción .?

-ademas si no me dan mas plazo, ¿que pasaría me harían una provisional?.

¿crees que podría funcionar presentar , por intenet una respuesta al requerimiento presentando alguna parte de la documentación y pidiendo una breve moratoria para presentar el resto?

Un saludo y gracias.

Directconsult.es, tu asesoria online, responde:

Hola,

puedes contestar al requerimiento por Internet aportando la documentación que tienes o puedes preparar un escrito y llevarlo a la AEAT, presentándolo por registro junto con la documentación que tienes preparada. Otra opción es presentar el escrito y la documentación que tienes preparada por correo certificado administrativo para ganar tiempo.

Una vez que tengas el resto de información, la vuelves a presentar por una de las tres vías.

Si te van a poner sanción, pedir mas información, realizarte un paralela, depende mucho de la persona que lleve tu caso y de la documentación que aportes.

Espero haberte ayudado.

Si necesitas ayuda fiscal puedes contactar con nosotros a través de nuestra asesoria online.

Saludos

Directconsult.es

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